¿Quién puede beneficiarse?
El importe del bono depende del tamaño de tu empresa.
Entre 10 y menos de 50 empleados
importe máximo del bono
Entre 50 y menos de 100 empleados
importe máximo del bono
Entre 100 y menos de 250 empleados
importe máximo del bono
Requisitos para ser beneficiario del programa Kit Consulting
Tener domicilio fiscal en territorio español.
Tener la consideración de pequeña o mediana empresa, conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y al Anexo II de la presente Orden.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas de minimis conforme al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.